Modelo 036 Hacienda

Modelo 036 Hacienda

El Modelo 036 de Hacienda es un formulario que se utiliza en España para solicitar autorización a la Agencia Tributaria para iniciar actividades económicas. Este formulario es obligatorio para cualquier persona o empresa que desee desempeñar una actividad económica en el país, independientemente de si se trata de una actividad profesional o de un negocio.

El proceso de rellenar el Modelo 036 incluye proporcionar información detallada sobre la actividad económica que se va a desempeñar, incluyendo el tipo de actividad, la dirección de la empresa o establecimiento, la información del titular de la actividad y el régimen fiscal correspondiente.

Una vez que se ha rellenado y presentado el formulario, la Agencia Tributaria revisará la información y emitirá una autorización si cumple con los requisitos fiscales correspondientes. Es importante tener en cuenta que la autorización para iniciar actividades económicas es necesaria antes de empezar a ejercer cualquier actividad económica en España, por lo que es importante rellenar y presentar el Modelo 036 lo antes posible.

Obligados a declarar el modelo 036 de Hacienda

Empresarios o profesionales que vayan a comenzar el ejercicio de una o
varias actividades económicas en territorio español.

  • Quienes, no actuando como empresarios o profesionales, abonen rentas
    sujetas a retención o ingreso a cuenta o realicen entregas o adquisiciones
    intracomunitarias de bienes sujetas al IVA.
  • Los empresarios o profesionales que sean destinatarios de servicios
    prestados por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de
    aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido respecto de los cuales sean
    sujetos pasivos.
  • Los empresarios o profesionales que presten servicios que no se localicen
    en el territorio de aplicación del Impuesto cuando el sujeto pasivo sea el
    destinatario de los mismos.
  • Los no residentes que operen en territorio español mediante establecimiento
    permanente o satisfagan en dicho territorio rentas sujetas a retención o
    ingreso a cuenta, así como las entidades en régimen de atribución de rentas
    constituidas en el extranjero con presencia en territorio español. Asimismo,
    los establecimientos permanentes en territorio español de las personas
    jurídicas o entidades no residentes deben presentar declaración de alta en el
    Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
  • Los socios, herederos, comuneros, o partícipes de entidades en régimen de
    atribución de rentas que tengan obligaciones tributarias derivadas de su
    condición de miembros de tales entidades.
  • Los no establecidos en el territorio de aplicación del IVA que sean sujetos
    pasivos del mismo, excepto que hubieran resultado exonerados del
    cumplimiento de obligaciones censales por el Departamento de Gestión
    Tributaria de la Agencia Tributaria.
  • En cualquier caso, mediante la declaración censal de alta las personas
    jurídicas y entidades en general y las personas físicas empresarios o
    profesionales que no dispongan de él, solicitarán el Número de Identificación
    Fiscal (NIF).

Declaración de modificación del Censo de Empresarios

  • Varíe cualquiera de sus datos identificativos. En particular, esta declaración
    servirá para comunicar el cambio de domicilio fiscal.
  • Varíe cualquier otro dato consignado en la declaración de alta o en otra
    declaración de modificación posterior.

Declaración de baja en el Censo de Empresarios

-Cese de actividades empresariales y profesionales
-Dejar de satisfacer rendimientos sujetos a retención
-Disolución y liquidación
-Absorción
-Fusión
-Escisión total
-Otras causas de Baja en el Censo de Obligados Tributarios
-Que las Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes dejen de estar sujetas
-Dejar de tener obligaciones por ser miembro o partícipe de una entidad
-Fallecimiento

Lugar y forma de presentar el modelo 036 de Hacienda

El modelo 036 podrá presentarse en impreso o por vía electrónica a través de
Internet. La presentación por Internet podrá ser efectuada:
-Con certificado electrónico reconocido emitido de acuerdo a las condiciones
que establece la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

-Con la Cl@ve PIN o sistema de firma con clave de acceso en un registro
previo como usuario. Este sistema lo podrán utilizar las personas físicas no
obligadas a la presentación con certificado electrónico.

La presentación en impreso se podrá realizar bien obteniendo el modelo
impreso en PDF
a través de la Sede electrónica (previa cumplimentación y
validación del mismo) o bien en papel preimpreso proporcionado en las
Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria.

En todo caso, antes de acudir a cualquier oficina de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria es necesario pedir Cita Previa en el Servicio de
Gestión Censal del Banner Cita Previa sito en el portal de la Agencia
Tributaria o llamando al 901200351 o 912901340. Si va a solicitar el NIF de
una persona jurídica o entidad pida cita con el NIF de la persona que vaya a
solicitarlo.

Plazos para presentar el Modelo 036

Declaración de alta

  • Comunicación de inicio de actividad: con anterioridad al inicio de las
    correspondientes actividades.
  • Solicitud del NIF.

Declaración de modificación

  • General: en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquél en
    que se hayan producido los hechos que determinan su presentación.
  • Inicio de nueva actividad que constituya sector diferenciado
  • Régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos
    de colección.
  • Renuncia a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura,
    ganadería y pesca y del régimen especial del criterio de Caja en el IVA:
    durante el mes de diciembre anterior al año en que haya de surtir efecto,
    entendiéndose prorrogada tácitamente para cada uno de los años en que
    pudieran resultar aplicables dichos regímenes, salvo revocación de la
    renuncia en el plazo citado. La renuncia tendrá efectos durante un período
    mínimo de tres años.
  • Solicitud de inscripción o baja en el Registro de devolución mensual y solicitud de alta o baja en el Registro de operadores intracomunitarios
  • Propuesta del porcentaje provisional de deducción
  • Cambio del período de liquidación en el IVA y de declaración de las
    cantidades retenidas
  • Régimen de estimación objetiva y modalidad simplificada en el régimen de
    estimación directa en el IRPF: La renuncia tendrá efecto para un período mínimo de tres años.
  • Opción por tributación en destino
  • Por la sujeción al IVA (art. 14 LIVA)
  • Adquisición de una entidad creada con la finalidad específica de su posterior
    transmisión: en el plazo de un mes
  • Dejar de ejercer todas las actividades económicas (personas jurídicas y
    entidades sin disolución ni extinción, entidades inactivas) en el plazo de un
    mes
  • Renuncia por ingresar las cuotas del Impuesto a la importación
    liquidadas por la Aduana

Declaración de baja

  • Cese de la actividad (personas físicas)
  • Extinción de sociedades mercantiles o entidades inscritas: en el plazo de un
    mes
  • Fallecimiento del obligado tributario.
  • En el plazo de seis meses desde dicho fallecimiento, presentar la
    correspondiente declaración de baja.

¿Cómo rellenar el modelo 036 de Hacienda?

Le dejamos aquí las instrucciones de la Agencia Tributaria para que pueda quedar aun mas claro el como rellenar todos los apartados. Ver aquí